Autorización para el viaje de menores al extranjero: marco legal y procedimiento

Durante los periodos de mayor movilidad internacional aumentan los desplazamientos de menores al extranjero por motivos vacacionales, educativos o familiares. Estas situaciones suelen plantear dudas acerca de los requisitos necesarios para que los menores puedan viajar cuando no van acompañados de sus progenitores. Desde nuestro despacho de abogados ofrecemos una explicación detallada sobre el marco legal y los trámites exigidos.

  1. Marco legal y necesidad de autorización

En determinados supuestos, es preciso tramitar una autorización de viaje para menores. Dicha obligación se encuentra regulada en la Instrucción número 10/2019 de la Secretaría de Estado de Seguridad, dependiente del Ministerio del Interior. Esta norma hace referencia al Reglamento (CE) 562/2006, conocido como Código de Fronteras Schengen, cuyo anexo VII dispone que los agentes fronterizos deben prestar especial atención a los menores, viajen acompañados o no, cuando crucen fronteras exteriores.

Los menores de nacionalidad española deberán portar su Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor para desplazarse dentro del territorio europeo. Por su parte, los menores extranjeros que residan en España deberán disponer de su pasaporte, sin que la normativa establezca distinción entre quienes se encuentren en situación de residencia, estancia o irregularidad.

 

  1. Ámbito de aplicación y tramitación del permiso

La autorización será exigible únicamente cuando el menor viaje fuera del territorio nacional sin la compañía de ninguno de sus progenitores, ya sea acompañado de un tercero —como un familiar o monitor— o incluso si viaja solo.

La solicitud puede presentarse en dependencias de la Policía Nacional o de la Guardia Civil. Los formularios están disponibles tanto de forma presencial como electrónica. El documento debe incluir los datos del menor, de sus progenitores, del acompañante y del viaje, y se expide en el mismo acto de presentación. Para ello, basta la presencia de uno de los progenitores.

  1. Documentación necesaria y problemas prácticos

Habitualmente, las oficinas competentes solicitan la siguiente documentación:

  • Pasaporte o DNI del menor.
  • DNI del progenitor solicitante.
  • Formulario oficial de autorización.
  • Libro de familia.

No obstante, se han detectado incidencias cuando, en lugar del libro de familia, se aporta un certificado de nacimiento con firma electrónica y Código Seguro de Verificación (CSV). A pesar de tratarse de un documento oficial, en algunas oficinas no se acepta como prueba del vínculo familiar, prefiriéndose el libro de familia, un documento administrativo que resulta fácilmente manipulable y que, además, se encuentra en proceso de desaparición.

  1. Formularios empleados y conflictos entre cuerpos policiales

Aunque la Instrucción 10/2019 incorpora un modelo de autorización como anexo, tanto la Policía Nacional como la Guardia Civil utilizan sus propios formularios, con diferencias meramente formales, como el logotipo institucional o el campo destinado a la identificación del agente.

En la práctica, se han producido casos en los que no se admite la tramitación de un formulario de la Policía Nacional en dependencias de la Guardia Civil, o viceversa, careciendo ello de fundamento jurídico. Este tipo de actuaciones contraviene el principio de antiformalismo que rige el procedimiento administrativo y supone una carga innecesaria para el ciudadano.

  1. Eficacia de la autorización ante resoluciones judiciales

Conviene recordar que, si existe una resolución judicial que prohíbe la salida del menor del territorio nacional, la autorización administrativa no puede suplir dicha prohibición, incluso aunque esté firmada por ambos progenitores. En estos supuestos, debe acudirse al juzgado que dictó la medida para solicitar su modificación, ya sea de manera temporal o definitiva.

 

En Sandra Iglesias Abogada te ayudamos tanto con la gestión y tramitación de la autorización de viaje para menores como, en su caso, con la solicitud de la autorización judicial necesaria ante el juzgado competente. Nuestro despacho te asesora en todo el proceso para garantizar que el trámite se realice correctamente y con todas las garantías legales.

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Sandra Iglesias Abogada
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